Tabla de contenido
Un proveedor es aquella persona natural, autónomo o persona jurídica (empresa, administración pública, entidad o asociación) que provee bienes a un consumidor o servicios a un usuario.
Al lugar en el que coinciden proveedores (la Oferta) y consumidores y usuarios (la Demanda), se le conoce en Economía como mercado.
Definición legal de proveedor
En Colombia, la Ley 1480 de 2021 del Estatuto del consumidor, de 12 de octubre de 2021 hace una definición de lo que entiende por “proveedor”, también llamado “expendedor” en su artículo 5, apartado 11, de su Título Preliminar.
Así, define a los proveedores o expendedores como:
11. Proveedor o expendedor: Quien de manera habitual, directa o indirectamente, ofrezca, suministre, distribuya o comercialice productos con o sin ánimo de lucro.
De esta definición podemos inferir varias ideas interesantes:
- Que puede ser proveedor tanto la persona natural como la jurídica, con independencia de su naturaleza pública o privada.
- Que tiene una actividad productiva o presta servicios con habitualidad. El concepto de la habitualidad sale muy frecuentemente en cualquier sector de actividad para distinguir al profesional de la persona natural que solo vende algo o presta un servicio muy ocasionalmente.
- Que el producto se puede vender directamente por el proveedor o indirectamente (por cualquier canal o mediante una red de distribución).
- Que puede tratarse de un producto (o servicio) de cualquier naturaleza.
- Que el destinario de tales productos o servicios es un consumidor (recuerda que según la definición legal de consumidor, puede serlo tanto la persona natural como jurídica si es la destinataria final de lo que compra o contrata).
- Que da igual que cobre un precio o no por el producto vendido. Es decir, que se puede ser proveedor tanto si se ofrece un producto con habitualidad sin pedir un precio a cambio como si se cobra dicho precio.
Ejemplos de proveedores
De acuerdo con la anterior definición, se pueden considerar proveedores a efectos de una relación de consumo los distribuidores o comerciantes de cualquier tipo (mayoristas, minoristas, etc.).
Desde el inicio de la cadena productiva tenemos pues:
Productores o fabricantes
Son productores o fabricantes:
Quien de manera habitual, directa o indirectamente, diseñe, produzca, fabrique, ensamble o importe productos. También se reputa productor, quien diseñe, produzca, fabrique, ensamble, o importe productos sujetos a reglamento técnico o medida sanitaria o fitosanitaria.
Importadores
Son importadores las personas naturales o jurídicas que importan productos para su venta o provisión en otra forma en el territorio nacional.
Distribuidores o comerciantes
Son distribuidores, comerciantes, proveedores o expendedores, quienes de manera habitual, directa o indirectamente, ofrezca, suministre, distribuya o comercialice productos con o sin ánimo de lucro.
Prestadores
Son prestadores de servicios las personas naturales o jurídicas que prestan servicios a los consumidores.
Normativa estatal de protección de los consumidores colombianos
Las dos principales normas de defensa de los consumidores y usuarios en Colombia son:
- La Ley 1480 de 2011 del Estatuto del Consumidor de 12 de octubre de 2011 (Ley 1480 PDF). Entra a regir el 12 de abril de 2012.
- La Constitución Política de Colombia del 4 de julio de 1991 (Gaceta Constitucional número 114) (ver PDF).