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El precio es la expresión del valor que se le asigna a un producto o a un servicio en términos monetarios o de otros parámetros como esfuerzo, atención, tiempo, etc.
Definición legal de precio en Consumo
El precio no se define directamente en la Ley 1480 de 2011 del Estatuto de los Consumidores colombianos.
Sin embargo, esta Ley hace numerosas alusiones al mismo a lo largo de su articulado. Citamos algunas de las citas más relevantes para el consumidor.
Su artículo 5.7 (Definiciones) incluye el “precio” como elemento básico de la “información” que recibe el comprador antes de comprar:
7. Información: Todo contenido y forma de dar a conocer la naturaleza, el origen, el modo de fabricación, los componentes, los usos, el volumen, peso o medida, los precios, la forma de empleo, las propiedades, la calidad, la idoneidad o la cantidad, y toda otra característica o referencia relevante respecto de los productos que se ofrezcan o pongan en circulación, así como los riesgos que puedan derivarse de su consumo o utilización.
Características
En materia de protección del consumidor y de sus intereses económicos, los bienes y servicios que compramos y contratamos, deben mostrar su precio final en pesos colombianos, es decir, su precio de venta al público (PVP).
Esta información se considera relevante para la toma de una decisión informada de consumo (que está, a su vez, considerado como derecho de nueva generación).
El artículo 24 (Contenido de la información), numeral 2, incluye el PVP del producto dentro de la información que debe suministrar el proveedor al comprador.
Y el artículo 26 exige que sea final y expresado en pesos colombianos:
Artículo 26. Información pública de precios
El proveedor está obligado a informar al consumidor en pesos colombianos el precio de venta al público, incluidos todos los impuestos y costos adicionales de los productos.El precio debe informarse visualmente y el consumidor solo estará obligado a pagar el precio anunciado. Las diferentes formas que aseguren la información visual del precio y la posibilidad de que en algunos sectores se indique el precio en moneda diferente a pesos colombianos, serán determinadas por la Superintendencia de Industria y Comercio.
Y continúa hablando de los costos adicionales al PVP y de qué ocurre en caso de encontrar un producto con dos precios diferentes:
Los costos adicionales al precio, generados por estudio de crédito, seguros, transporte o cualquier otra erogación a cargo del consumidor, deberá ser informada adecuadamente, especificando el motivo y el valor de los mismos.
En el evento de que aparezcan dos (2) o más precios, que existan tachaduras o enmendaduras, el consumidor sólo estará obligado al pago del precio más bajo de los que aparezcan indicados, sin perjuicio de las sanciones a que hubiere lugar de conformidad con la presente ley.
Cuando el producto esté sujeto a control directo de precios por parte del Gobierno Nacional, el fijado por este será el precio máximo al consumidor y deberá ser informado por el productor en el cuerpo mismo del producto, sin perjuicio del menor valor que el proveedor pueda establecer.
Precio en comercio electrónico
En todo comercio electrónico, los proveedores y expendedores ubicados en el territorio nacional que ofrezcan productos utilizando medios electrónicos, deberán (art. 50 c)
informar el precio total del producto incluyendo todos los impuestos, costos y gastos que deba pagar el consumidor para adquirirlo. En caso de ser procedente, se debe informar adecuadamente y por separado los gastos de envío.
Y (art. 50 d)
Previamente a la finalización o terminación de cualquier transacción de comercio electrónico, el proveedor o expendedor deberá presentar al consumidor un resumen del pedido de todos los bienes que pretende adquirir con su descripción completa, el precio individual de cada uno de ellos, el precio total de los bienes o servicios y, de ser aplicable, los costos y gastos adicionales que deba pagar por envío o por cualquier otro concepto y la sumatoria total que deba cancelar.
Tipos de precios
El consumidor se podrá encontrar varios tipos de precios en los comercios y en la publicidad comercial:
Precio de venta al público (PVP)
Es el precio final que se debe pagar por un producto o servicio. Debe estar expresado en pesos colombianos, y fijado sobre el producto, su envase o empaque.
Precio reducido
Cualquier cambio momentáneo en el PVP de un producto con motivo de una campaña comercial o de una promoción comercial que sirva de incentivo para la venta.
Precio recomendado (PVPR)
Es el que el fabricante recomienda a su red de distribución de productos aplicar en sus tiendas y tienda online.
El PVPR es solo una sugerencia para tratar de proteger su rentabilidad. Los proveedores podrán competir con precios más elevados o menos, libremente.